El pasado día 28 de diciembre de 2.012 se publicaron varias normas que vienen a modificar algunos impuestos especiales, entre ellas la que integra el IVMDH en el Impuesto sobre los Hidrocarburos (IH).
De una manera esquemática, el cambio quedaría de la siguiente manera a partir del 1 de enero de 2.013:
1º El IVMDH desaparece integrándose en el Impuesto sobre Hidrocarburos.
2º El IH estará compuesto de tres tipos impositivos diferentes:
a) El IH propiamente dicho
b) El IH incorporado del IVMDH parte estatal
c) El IH incorporado del IVMDH parte autonómica
3º El nuevo IH será cargado directamente desde origen, es decir, que vendrá en la factura de la petrolera.
4º Desaparece la obligación de realizar el modelo 569 para los establecimientos de expedición minorista.
5º La liquidación de las existencias a 31 de diciembre de 2.012 se realizará mediante una declaración hasta el 20 de abril de 2.013, tiempo estimado por la Administración como suficiente para la liquidación de dichas existencias, y por lo tanto para el cobro de dichos impuestos.
6º El tipo de gravamen del Impuesto sobre Hidrocarburos a partir del 1 de enero de 2013 será el siguiente:
a) Productos comprendidos en los epígrafes 1.1, 1.2.1, 1.2.2, 1.3, 1.13 y 1.14 del artículo 50 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales: 48 euros autonómico y 24 euros estatal por 1.000 litros.
b) Productos comprendidos en los epígrafes 1.4 y 1.15 del artículo 50 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales: 4 euros autonómico y 6 euros estatal por 1.000 litros.
c) Productos comprendidos en el epígrafe 1.5 del artículo 50 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales: 2 euros autonomico y 1 euro estatal por tonelada.
d) Productos comprendidos en el epígrafe 1.11 del artículo 50 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales: 48 euros autonómico y 24 euros estatal por 1.000 litros
Normativa.-
Real Decreto 1715/2012, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, y se introducen otras disposiciones relacionadas con el ámbito tributario.
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